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Las ventajas de las PFPs en la promoción inmobiliaria

Written by Ricardo Rivière | Jan 30, 2020 12:10:02 PM

¿Cuál es el mejor momento para incluir la financiación participativa en tu proyecto?

Durante la última década hemos presenciado el crecimiento continuado del crowdfunding o crowdlending. Un modelo de financiación alternativa que dada su incidencia en el mercado, ha sido finalmente regulado por la Ley 5/2015, de 27 de abril, de fomento de la financiación empresarial.

De ella nace la figura de las Plataformas de Financiación Participativa, popularmente conocidas como “plataformas de crowdfunding”. Finalmente, gracias a esta regulación, se da el pistoletazo de salida a un nuevo modelo de financiación alternativa, equipado ahora con todas las garantías legales para el ejercicio de esta actividad. 

Hablamos de una vía de financiación alternativa o complementaria dependiendo del importe de cada operación. Y es que la realidad de las PFPs, es que no pretenden competir con la banca o los fondos de inversión, sino ser un socio adicional que permita que los proyectos prosperen con mayor facilidad. 

En este artículo, queremos explicar cómo y cuándo puede ayudar la financiación participativa en proyectos de compra y rehabilitación de inmuebles y de promoción de obra nueva. 

 

La compra y rehabilitación de inmuebles con las PFPs

Desde sus inicios, la financiación participativa ha estado muy presente en proyectos de compra, rehabilitación y venta de viviendas. 

¿Por qué?

Por una razón muy sencilla, la percepción de una menor incertidumbre derivada de esta clase de operaciones lleva a que el inversor encuentre la seguridad necesaria para invertir. Eso sin perjuicio de garantías adicionales que se puedan prestar por el promotor, ya que el propio activo supone de algún modo una mayor seguridad en la operación.

El promotor accede pues, a una nueva vía de financiación, de la que puede disponer desde una etapa tan inicial como es el momento posterior a la señalización del inmueble vía contrato de arras o análogo. Entre los posibles conceptos a financiar, la propia compra del inmueble, su reforma y comercialización para la venta. 

Claros ejemplos del éxito de esta nueva vía de financiación son empresas como URBE, BrickBro, Kota o Groinversia, entre otros muchos. Empresas que, vía préstamo fijo, participativo y ampliación de capital, han podido financiar este tipo de proyectos.

La incidencia de la financiación participativa en la promoción de obra nueva residencial

En un segundo escenario, y gracias a la propia demanda del sector, el crowdlending inmobiliario ha avanzado hacia el mercado de la promoción inmobiliaria de obra nueva. En este ámbito, se posiciona como un aliado para que proyectos de mayor envergadura que los anteriores puedan avanzar. 

¿Cómo?

  • Un claro ejemplo, el préstamo puente al que recurre el promotor con la finalidad de afrontar los primeros costes del proyecto: adquisición parcial del solar, obtención de los oportunos permisos y licencias, contratación del constructor, inicio de obras, comercialización, entre otros.
    Su propósito, ayudar a cumplir los requisitos necesarios para la concesión del préstamo al promotor por parte de la entidad bancaria o del fondo de inversión.

  • Respondiendo a necesidades puntuales de financiación como un sobrecoste de proyecto, caso en el cual resulta aparatoso recurrir de nuevo a la financiación bancaria o al fondo de inversión. 

La financiación participativa no aspira a competir con las fuentes de financiación tradicionales, sino a ser un socio ágil capaz de aportar capital en etapas de un proyecto inmobiliario previas, posteriores, y en ocasiones, simultáneas, a la entrada de dicha financiación tradicional.

Un socio que ha llegado para quedarse. Prueba de ello es el acuerdo preliminar alcanzado el pasado 19 de diciembre por el Parlamento Europeo y el Consejo de la Unión Europea sobre el reglamento europeo de proveedores de servicios de crowdfunding. 

Su objetivo, armonizar a nivel europeo la regulación de dichas plataformas y permitir que, una vez éstas hayan sido debidamente registradas como tales por la legislación del país de origen, adquieran la misma condición a nivel europeo y consecuentemente, puedan ampliar sus miras en cuanto a promotores e inversores respecta.