Los 4 pilares del análisis de riesgo financiero (III): Historial crediticio
El tercer paso fundamental para considerar en una propuesta crediticia es el "Historial crediticio del deudor".
¿Qué se contempla aquí? La historia de cumplimiento del potencial deudor, en concreto ante situaciones como deudor con nosotros o con otros acreedores: cómo ha actuado, ha pagado, ha incumplido, si ha incumplido cómo ha reaccionado. Generalmente el mal pagador cumple unos patrones de conducta que repite en el tiempo, por eso el análisis debe contemplar siempre un histórico de comportamiento.

Nadie está libre de no poder hacer frente a una deuda por situaciones sobrevenidas. La capacidad primaria o secundaria que tratamos anteriormente no es siempre una bula para evitar un impago y ahí es donde se ve la actitud del deudor. Hay deudores que anteponen su patrimonio a las deudas incurridas, incluso llegando a justificar que no tienen porqué pagar con argumentos tan peregrinos como que el banco o deudor ya ha ganado mucho conmigo en el pasado o que la operación impagada fue forzada por el acreedor pues no le hacía realmente falta. Por el contrario, hay deudores que intentan colaborar al máximo para solucionar el problema.
Patrones de conducta a vigilar
De los primeros indicadores son los deudores que cambian con frecuencia de empresa titular del nuevo riesgo buscando titulares diferentes para obstaculizar un seguimiento histórico del "personaje". Deudores que evitan firmar como avalistas o poner una sociedad patrimonial como tal para eludir futuras responsabilidades, sociedades vacías de contenido patrimonial, operaciones formalizadas a nombre de personas "ajenas" aduciendo motivos fiscales… por eso es muy importante a la hora de analizar un riesgo el conocer el perímetro del interlocutor.
Puede que la nueva sociedad potencial titular no tenga impagados, pero hay que verificar que las anteriores o simultáneas sociedades sí han impagado en el pasado, saber cómo se ha comportado el deudor que está detrás. Hoy en día hay aplicaciones informáticas que facilitan el conocer las sociedades vinculadas o dónde está o ha estado como administrador el deudor.
Titularidad real: saber quién está detrás
Cuando el deudor es una persona jurídica hay que saber siempre quién está detrás y en qué proporción. Para ello es muy útil conocer lo que se denomina "Titularidad Real", que debe estar contemplada en la escritura de constitución de la sociedad cuando hay un socio que supera el 25%. Hay que subir por la cadena hasta llegar lo más arriba posible, evitando sociedades interpuestas o meras instrumentales que dificultan llegar al auténtico propietario.
Si desaparece en paraísos fiscales, mi consejo es que dejes de buscar…
Personas físicas y la Ley de Segunda Oportunidad
A diferencia de las personas jurídicas, cuyos impagos pueden quedar como tales sin que nadie se responsabilice y mueren en el tiempo con la sociedad, en las personas físicas el "estigma" del impago puede durar toda la vida, por eso se aprobó la Ley de Segunda Oportunidad (Ley 25/2015), que permite a los particulares hacer "borrón y cuenta nueva".
No es una escapatoria para morosos profesionales; es que, al igual que en las personas jurídicas una deuda puede morir con la sociedad y se acabó, en las personas físicas esta deuda seguía al titular para toda la vida, imposibilitando que pudiera rehacer "comercialmente" su vida, pues siempre tendría deuda y además creciente.
Literalmente la ley en su preámbulo indica para su promulgación que: "…una persona física, a pesar de un fracaso económico empresarial o personal, tenga la posibilidad de encarrilar nuevamente su vida e incluso de arriesgarse a nuevas iniciativas, sin tener que arrastrar indefinidamente una losa de deuda que nunca podrá satisfacer."
Conclusión
Recordar, en la vida hay gente que son morosos tradicionales y se saben el camino para no pagar si las cosas no salen como esperan de antemano a formalizar una operación, para que la misma, en caso de ser impagada, no le persiga. Todos tenemos algún ejemplo cercano de carácter comercial (cliente a crédito) o doméstico (inquilino que no paga…) por tanto ¡ALERTA!
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