En post anteriores hemos analizado cómo emplea la empresa el dinero que ha recibido: lo invierte en inmuebles, inversiones financieras, compra de existencias, financiar sus ventas vía aplazar cobros (clientes) o tesorería. En este blog hablaremos sobre cómo obtiene la empresa la financiación que le hace falta para desarrollar su negocio.
Iniciamos este apartado con el análisis de los tradicionalmente llamados “fondos propios” o “patrimonio” de la empresa. Lo primero que hemos de pensar es que esos fondos “No” son propios, son de sus accionistas y por tanto son “ajenos”. Es una deuda de la empresa con sus socios los cuales esperan que la empresa le devuelva con creces y por lo tanto no lo hacen a fondo perdido.
Estructuralmente es la deuda de la empresa a más largo plazo, se incluye en el haber y es la que responde de las demás deudas
La regulación española exige que para constituir una sociedad exista un capital mínimo: 3.000€ cuando es una sociedad limitada y 60.000€ cuando es anónima. Este capital puede constituirse mediante una aportación dineraria, que es lo más habitual, o mediante la entrega de bienes adecuadamente valorados. En el caso de las SA un tercero independiente (perito) debe hacer una valoración de los bienes aportados para evitar fraudes a terceros o “malentendidos” entre los socios. Se permite que se hagan aportaciones parciales del capital (25% mínimo) al constituirse, debiendo constar este aspecto en la contabilidad de la empresa, y siendo la parte no desembolsada un derecho de la sociedad contra sus accionistas.
El capital es una pieza esencial para afrontar cualquier empeño empresarial. Difícilmente un negocio o empresa puede triunfar sin un respaldo económico de los socios a la empresa y este apoyo queda reflejado en el capital. Un empresario no debe esperar que haya terceros (bancos, proveedores,..) que aporten y arriesguen más dinero que él y por tanto le presten o fíen más de lo que él lo hace.
¿El patrimonio es exclusivamente el capital? Hay más elementos que componen el patrimonio. La prima de emisión refleja el más valor que un accionista paga sobre el valor nominal de una acción. No suelen existir al constituirse las sociedades, pero si es común cuando posteriormente se incorporan nuevos socios vía ampliación de capital. Haciéndolo el socio nuevo aporta más dinero no solo por el capital que se amplía sino también en proporción a las reservas acumuladas o valor intrínseco de la empresa.
Otra partida fundamental son las reservas. Las constituyen los beneficios que genera la empresa y no reparte a sus socios. Existe la obligación legal de alcanzar un mínimo de reservas (denominada reserva legal) que hay que detraer del beneficio del año y unas reservas voluntarias que estas, una vez constituidas, si son de libre disposición.
Reservas de revalorización permite, siempre que haya una ley que lo autorice, reflejar el más valor de un activo como una mayor reserva sin tributar por ello. Si no hay ley, se puede hacer pero pagando impuestos, y no iría en este apartado.
Por último están los “resultados del ejercicio” que reflejan el beneficio del año anterior. Normalmente una empresa el beneficio lo distribuirá en tres apartados. El primero para el estado vía impuesto de sociedades, el segundo puede ser una retribución para los socios vía dividendo (cuantos más socios haya más habitual es pagarlo, por el contrario en sociedades unipersonales el socio con su sueldo se siente pagado) y, en tercer lugar, para incrementar reservas. Es conveniente conocer la política de dividendos de la empresa.
Pero el patrimonio de la empresa también puede disminuir. Lo más peligroso es cuando es por motivo de pérdidas. Se aplican directamente contra las reservas y estas disminuyen. También puede reducirse por voluntad de los socios y hay múltiples formas: la más común es distribuir dividendos con cargo a reservas acumuladas pero otra buena opción es reducir capital vía amortización de acciones o reducción de su valor nominal (buena opción pues no tributa).
En cualquier caso la reducción de patrimonio hay que “publicitarla” y explicarla para que los acreedores sean conocedores de la disminución del patrimonio neto de la empresa.
¡Ojo! Cuando en una empresa por motivo de pérdidas reduce un porcentaje establecido por ley de su capital está obligado a reponer o a disolverse.
El equipo Stockcrowd IN